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03.06.16

Reunión en Córdoba de Directores de Museos Locales

El viernes, 3 de junio tuvo lugar en la Delegación de Cultura de Córdoba una importante reunión a la que asistieron directores y técnicos colaboradores de los diferentes museos locales de la provincia de Córdoba. Estuvo presidida por la Directora General de Bienes Culturales y Museos, el Delegado Territorial de Cultura y la Jefa de Servicio de Museos. El objetivo de la reunión era establecer un contacto más cercano con los museos locales cordobeses e informarles de los cambios normativos y administrativos que la Consejería de Cultura prepara de cara a la puesta en marcha de un nueva regulación en el registro y control de los Museos y las Colecciones Museográficas de Andalucía.

Hasta la publicación de la Ley 8/2007 de Museos y Colecciones Museográficas de Andalucía, una entidad pública o privada podía poner en marcha un establecimiento público, de naturaleza muy diversa, y abrirlo a la visita pública bajo la denominación de “museo” sin necesidad de solicitar ningún permiso. Actualmente, se exige autorización expresa de la Consejería de Cultura para crear un museo o colección museográfica. Y para ello existe el Registro Andaluz de Museos y Colecciones Museográficas como instrumento jurídico y público que agrupa a todas aquellas instituciones que cumplen los requisitos y condiciones de calidad definidos por ley para poder ser consideradas museos y colecciones museográficas oficiales de Andalucía, otorgándoles el permiso para ostentar dichas denominaciones.

Este Registro de Museos y Colecciones Museográficas será plenamente efectivo cuando entre en vigor el Reglamento que desarrolla la Ley 8/2007, de inminente publicación, y por tanto, será entonces cuando no existirán museos ni colecciones museográficas al margen de él.

Para ello la Consejería de Cultura ha publicado recientemente (BOJA núm. 56 de 23/marzo/2016) la Orden de 3 de marzo por la que se aprueba las directrices técnica para la elaboración de documentos de planificación y evaluación de los museos, colecciones museográficas y conjuntos monumentales de Andalucía. Y por la que se establece que toda institución museística dispondrá de un Plan Museológico, Plan de Seguridad, y un Plan Anual de Actividades y una Memoria de Gestión. Disponiendo de un plazo de 3 años para su redacción y presentación desde el momento en que se apruebe y publique el referido Reglamento.

En el caso del Museo Aguilar y Eslava, actualmente ya dispone de todos estos documentos de planificación y evaluación, los cuales fueron realizados y presentados para la consecución de su Inscripción definitiva, conseguida en el año 2013.

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